PARTICIPACIÓN MUNICIPAL│Junta Municipal y Contraloría Ciudadana de Abai, con apoyo de Semillas para la Democracia
Firman convenio para aumentar la transparencia municipal y el control ciudadano
Oscar Brizuela (der.) y Pablo Tilleria firmando el convenio en sesión de la junta
Entre la Junta Municipal de Abaí con domicilio en la ciudad de Abaí, representada por el Presidente de la misma, el señor Pablo Ramón Tillería Aquino; la Contraloría Ciudadana de la Ciudad de Abai, con domicilio en la ciudad de Abai, representada por el señor Oscar Brizuela; celebran el presente Convenio de Control Ciudadano sobre los bienes y recursos de la Municipalidad de Abai, que contará con apoyo de Semillas para la Democracia, con domicilio en la ciudad de Asunción, representada por su Directora Ejecutiva Marta Ferrara, bajo las cláusulas siguientes:
 
Primera: el control, contraloría o fiscalización es responsabilidad y función de los/las ciudadanos/as, de igual manera que la elección de sus autoridades, representantes legítimos surgidos de comicios libres según lo manda la constitución nacional en su artículo 104, estipula que dentro de los 15 días de asumir el cargo los funcionarios y empleados públicos, incluyendo los de elección popular, están obligados a prestar declaración jurada de bienes y renta. Los concejales pondrán a disposición de la contraloría ciudadana copias simples de tales declaraciones juradas. Asimismo pondrán a disposición copias simples de los documentos de corte administrativo, balance e informe del ejercicio anterior.

Segunda: la junta municipal se compromete a poner a disposición de la contraloría ciudadana los documentos referentes a adjudicaciones de obras y servicios, y los correspondientes contratos que suscriba la municipalidad, dentro del plazo de 15 días de la resolución de la aprobación, si lo tuviere. Idéntico trámite se dará al presupuesto municipal una vez aprobada por ese colegiado, los balances e información sobre la recaudación, inversión y/o ejecución presupuestaria y demás documentos de interés público que la junta disponga para informar a la comunidad.

Tercera: de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 28 de la constitución nacional “las fuentes públicas de información son libres para todos”, lo que en el marco de las gestiones de la junta implica que los documentos que obran en la junta municipal, como aquellos referentes al tema patrimonial y presupuestario, podrán ser peticionados por la contraloría ciudadana. La junta municipal informará y entregará por vía de secretaría copia simple de lo solicitado dentro de los 15 días de recibida la nota correspondiente, contra la firma del representante legal de la contraloría ciudadana, si fuera requerida.

Cuarta: todos los documentos entregados por al junta a la contraloría ciudadana serán entregados con el único propósito de control de los bienes y recursos de la municipalidad. Cuando hubiere lugar a corrección, la contraloría ciudadana entregará a la junta nota por escrito con el resumen del error o irregularidad detectada y la sugerencia puntual para subsanarla. Si dentro de los 15 días no se produjera respuesta de la junta, o ésta negara los hechos, rechazara la sugerencia o de otra manera tratara de encubrir a las personas involucradas, la contraloría ciudadana tendrá libertad para acudir a la instancia oficila correspondiente en busca de una investigación del caso.

Quinta: la junta municipal se comromete a comunicar el orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias a la contraloría ciudadana por lo menos 12 horas antes de cada sesión.

Sexta: los miembros de la contraloría ciudadana podrán participar de las sesiones ordinarias y extraordinarias de la junta municipal.

Séptima: la contraloría ciudadana, con apoyo de semillas para la democracia si necesario, se compromete a asistir con capacitaciones, elaboración de ordenanzas, reglamentos, audiencias públicas, y todo lo pertienente para la buena gestión de la junta municipal.

Octava: la junta municipal, con apoyo de semillas para la democracia si necesario, se compromete a constituir espacios de diálogo, debate, capacitación, rendición de cuentas, participación ciudadana y comunicación, con la contraloría ciudadana, otras organizaciones locales y la ciudadanía de abai en general.

Novena: los miembros de la junta municipal se comprometen a acudir a los programas radiales u otras actividades de la contraloría ciudanana que se realicen con el fin de informar y rendir cuentas al pueblo de las actividades que realizan, en forma periódica o cuando así lo requiera ésta organización.

Décima: las gestiones y tareas de la contraloría ciudadana se harán en el marco estricto de la constitución nacional y las leyes, no estando autorizada ella y sus miembros a percibir pagos o retribución de la junta, de sus autoridades o funcionarios por el control que realizan, ni a divulgar la información que reciban de aquellos para propósitos electorales, partirdarios, de movimientos o fracciónes, como tampoco para exponer la honra, la vida privada y la reputación de las personas o para generar hacia ellos condena pública por hechos falsos.

Undécima: los miembros de la junta municipal podrán acudir a la contraloría ciudadanía para que ésta le asista en las actividades, si así lo requieren.

Duodécima: la junta municipal y la contraloría ciudadana se comprometen a difundir y fortalecer este convenio, invitando al ejecutivo municipal, a otras instituciones del estado, al sector privado y otras organizaciones ciudadanas, a formar parte de los emprendimientos y actividades que surjan desde este convenio.

En fe de lo cual firman las partes dos ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto, a los del mes de del año 2009, con valides de un año a partir de la fecha, en la ciudad de abai, departamento de Caazapá, República del Paraguay.
Pablo Tillería
Presidente Junta
Municipal Abaí
Oscar Brizuela
Coordinador Contraloría Ciudadana Abaí
Marta Ferrara
Directora Ejecutiva Semillas para la Democracia
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